14 de Julio de 2014
CAMPAí‘A A FAVOR DE LA OFERTA HOTELERA REGLADA
Campaí±a de sensibilización a favor de los establecimientos hoteleros legalmente constituidos
CAMPAí‘A DE SENSIBILIZACIí“N A FAVOR DE LOS ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS LEGALMENTE CONSTITUIDOS Sólo los establecimientos hoteleros (hoteles, hoteles-apartamentos, apartamentos turísticos, hostales y pensiones) que aparecen identificados en su publicidad con un Número de Registro de la Junta de Andalucía (tres letras mayúsculas y cinco números) otorgado por la Consejería de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio, son establecimientos que cumplen con la legalidad vigente. Además, los establecimientos legalmente constituidos deben exhibir al público la preceptiva Licencia Municipal de Apertura. Y ello significa para usted, como consumidor y usuario de sus servicios las siguientes ventajas: 1.- Que la ejecución de sus proyectos están visados y controlados por las administraciones públicas competentes (Ayuntamientos y Delegaciones Provinciales) y que, por tanto, cumplen con las normas de construcción, de seguridad y evacuación, de aislamiento acústico,.. para establecimientos de su naturaleza; lo que se traduce en estándares mínimos de calidad y seguridad, según la categoría y tipología hotelera. 2.- Que merced a dichos controles públicos administrativos, contribuye también a la conservación del medioambiente, en la medida en que lo fijan y establecen las normas de aplicación obligatorias para este tipo de establecimientos abiertos al público. 3.- Que pagan sus impuestos y que, por tanto, contribuyen al sostenimiento de nuestro sistema público de bienestar y de pensiones. 4.- Que cumplen con la normativa establecida por el Ministerio del Interior, que obliga a este tipo de establecimientos a notificar la relación de viajeros que pernoctan cada noche, contribuyendo de este modo a la preservación de la seguridad global y particular de todos. 5.- Que cumple la normativa relativa a la protección de datos de carácter personal, que es otra importante garantía para el cliente en la era digital. 6.- Que su personal está legalmente contratado, con cobertura social, de acuerdo a la normativa laboral, y que cumple con otros protocolos y normas laborales como la relativa a la prevención de la salud laboral. 7.- Que toda la maquinaria que sirve para dar servicio al cliente (ascensores, sistemas de refrigeración y calentamiento del agua o del clima, etc.), pasan controles periódicos para mantenerse siempre en perfecto estado de servicio y seguridad. 8.- Que cuenta con un plan de autoprotección para supuestos extremos de siniestros y emergencias. Y que cuenta con seguros de responsabilidad civil y a terceros para cubrir estas contingencias. 9.- Que está sujeto a una normativa muy estricta de garantía de los derechos de los consumidores y usuarios, que debe cumplir en todo momento, para los supuestos en que el cliente pueda no ver satisfechas sus pretensiones o servicios contratados. Dicha garantía está tutelada por la Administración. 10.- Que sólo las empresas legalizadas, que manifiestan de este modo su clara vocación por servir y atender las necesidades de alojamiento del cliente, hacen y construyen un destino turístico de calidad, generando y multiplicando los efectos del turismo en la economía local, porque su compromiso empresarial es estable y duradero. Por todo ello, desde la Asociación Provincial de Empresarios de Hostelería de Almería, ASHAL, te animamos a que, ni siquiera por precio, renuncies jamás a todas estas garantías
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